viernes, 12 de agosto de 2016

Control interno


Es un conjunto de actividades que garantizan la seguridad de la informacion financiera y cumplimiento de las políticas de la empresa. Para ello debemos tomar en cuenta:



  • Que a la Controlaría General de la República, como órgano rector de los sistemas de control interno y externo de la Administración Pública Nacional, le compete dictar las normas e instrucciones para el funcionamiento coordinado de dichos sistemas, y que es fundamental para tal funcionamiento la prescripción uniforme de los mismos.

  • Que para ejercer un control ágil y eficaz, se requiere que las entidades y organismos públicos establezcan y mantengan adecuados controles internos, de forma tal que el control fiscal externo se complemente con el que le corresponde ejercer a la administración activa.

  • Que la existencia de normas reguladoras del control interno de las entidades y organismos facilita el ejercicio de las potestades de orientación, coordinación, ordenación y evaluación que sobre el mismo tiene legalmente asignadas la Controlaría General de la República.

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